Información Caso Plan Ovalo

Buenos Aires, 26 de Junio de 2024

Se informa a los consumidores que la Asociación Civil Consumidores en Acción (consuaccion@gmail.com) ha promovido demanda colectiva contra las empresas Plan Ovalo SA de Ahorro para Fines Determinados y Ford Argentina SCA ante el Juzgado Nacional en lo Comercial Nº 3 Secretaría Nº 6 sito en Avenida Callao 635 piso 6º, CABA en el expediente Nº COM 22779/2013 caratulado “Consumidores en Acción Asociación Civil c/ Plan Ovalo SA de Ahorro para Fines Determinados y otro s/ ordinario”. El objeto del juicio es que las empresas demandadas sean condenadas: i) Al cese en el cobro del ítem “Débitos Créditos Varios” y la devolución de lo cobrado por dicho concepto a todos los usuarios de planes de ahorro de la empresa Plan Ovalo que hayan abonado dicho ítem, más intereses; ii) Al pago de daños punitivos a los consumidores (Art. 52 Ley 24.240); y iii) A la publicación de la sentencia condenatoria en los medios masivos de comunicación. Se informa a los consumidores que sean o hayan sido usuarios de planes de ahorro de la empresa Plan Ovalo, que el Art. 54 de la Ley 24.240, establece que “La sentencia que haga lugar a la pretensión hará cosa juzgada para el demandado y para todos los consumidores o usuarios que se encuentren en similares condiciones, excepto de aquellos que manifiesten su voluntad en contrario previo a la sentencia en los términos y condiciones que el magistrado disponga”. Ello significa que, en caso de que se dicte una sentencia que haga lugar a la demanda, el dinero será devuelto a todos los usuarios de planes ahorro de Plan Ovalo, excepto a aquéllos que hayan manifestado su decisión de excluirse del juicio colectivo previo al dictado de la sentencia. En consecuencia, aquéllos usuarios que quieran verse alcanzados por la sentencia que eventualmente haga lugar a la demanda ordenando la devolución del dinero, no deben realizar ningún tipo de trámite ni manifestación alguna. Solamente deben manifestarse aquellos consumidores que quieran apartarse de la sentencia que eventualmente haga lugar a la demanda ordenando la devolución del dinero, contando para ello con un plazo de 15 días hábiles para manifestar su decisión de apartarse ante el Tribunal.